DETERGENTES CON CONTENIDO DE FOSFORO EN EL 2.016 MENOR O IGUAL AL 3%, AL 2.018 IGUAL O MENOR 1.5% EN COLOMBIA
DETERGENTES CON CONTENIDO DE FOSFORO EN EL 2.016 MENOR O IGUAL AL 3%, AL 2.018 IGUAL O MENOR 1.5% EN COLOMBIA
En el articulo 5° de la Resolución 0689 de 2.016, se establecen los límites máximos permisibles de FOSFORO de los productos objeto de la norma (detergentes), los cuales se citan a continuación:
5.1. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento técnico, será máximo del 3% (equivalente a 6.9% de pentóxido de fosforo).
5.2. A partir de enero 2.018, será igual o menor al 0.65% (equivalente a 1.5% de pentóxido de fosforo.)
Frente a este req uisito técnico debe de tenerse en cuenta que la norma se refiere a contenidos de fosforo en los productos regulados, aspecto que corresponde a la cantidad de fosforo presente en el mismo. Esto es, todas las especies y formas químicas de fosforo presentes en el producto, incluyendo aquellas adicionadas a la formulación como fosfatos y tensoactivos que en su análisis elemental contienen fosforo y aquellas adicionadas no intencionalmente, como trazas o impurezas presentes en otras materias primas.
Así mismo, el requisito técnico establecido corresponde a una propiedad cuantitativa, aspecto que involucra la determinación del valor o cantidad del elemento químico presente en la matriz o producto, para lo cual se requiere la implementación de un proceso analítico que implica la realización de ensayos o pruebas con métodos definidos, los cuales deben de arrojar un resultado (cantidad presente). Este debe ser presentado en un rango o un valor con su respectiva incertidumbre.
Los métodos de ensayo para determinar el contenido de fosforo son los descritos en la Norma Técnica Colombiana – NTC 5604 de 2.008, METODOS DE ENSAYO PARA LA TOMA DE MUESTRAS Y EL ANALISIS FISICO QUIMICO DE JABONES, PRODUCTOS DE JABON, DETERGENTES.
Bajo los siguientes métodos:
- Método Volumétrico.
Determinación de fosfato en presencia de silicatos, boratos y metales pesados.
- Método instrumental alterno.
La aplicabilidad de la Resolución 0689 de 2.016.
- Jabón, producto formulado por la saponificación o neutralización de grasas, ceras, colofonias o sus ácidos con bases orgánicas e inorgánicas.
- Detergentes: Toda sustancia o preparado que contenga jabón u otros tensoactivos y que se utilicen en los procesos de lavado con agua. Los detergentes podrán adoptar cualquier forma líquida, pasta, barra, pastilla, formas moldeadas, entre otros y estar destinados a su uso doméstico e institucional o industrial.
- Jabon a partir de grasas, aceites, ceras, colorantes o sus ácidos con bases orgánicas o inorgánicas.
- Jabón o detergente de uso Industrial. Aquel con función principal es remover la suciedad y/o propensas por el cuidado de la maquinaria industrial e instalaciones, centros educativos, hospitalarios e instituciones similares y que cumplen los siguientes requisitos.
- El mercado no esta dirigido a productos de aseo y limpieza de uso doméstico.
- El sistema de distribución y comercialización esta dirigido al sector industrial e institucional.
- La composición del producto en cantidad de ingrediente activo es diferente en cuanto concentración.
- Se utiliza a través de máquinas y equipos especializados.
Spangel Productos Biodegradables SAS.